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Impuesto de sucesiones en Canarias 2026: bonificación del 99,9%, la más alta de España

Canarias: la bonificación más alta de toda España

Canarias aplica una bonificación del 99,9% sobre la cuota del impuesto de sucesiones para los Grupos I y II. Es la bonificación más elevada de todo el territorio español, incluso por encima del 100% de Cantabria o Castilla-La Mancha (que en términos numéricos dan el mismo resultado de 0€, pero con reducciones base más bajas).

¿Cuánto se paga en Canarias en 2026?

BeneficioImporte
Reducción Grupo I y II200.000 EUR
Bonificación en cuota**99,9%**
Reducción vivienda habitual99,9% sin límite
Reducción empresa familiar99%

Con una bonificación del 99,9%, incluso herencias de varios millones de euros entre padres e hijos resultan en una cuota de unos pocos euros.

Ejemplo práctico: herencia de 300.000€ para un hijo adulto

  • Base imponible: 300.000 EUR
  • Reducción Grupo II: −200.000 EUR
  • Base liquidable: 100.000 EUR
  • Cuota íntegra (tarifa estatal): ~15.863 EUR
  • Bonificación del 99,9%: −15.847 EUR
  • Cuota a pagar: ~16 EUR
  • Para herencias de 200.000€ o menos: cuota 0€ (la reducción absorbe toda la base).

    ¿Qué pasa con herencias muy grandes en Canarias?

    Valor herenciaCuota a pagar (hijo adulto)
    200.000 EUR0 EUR
    500.000 EUR~30 EUR
    1.000.000 EUR~130 EUR
    2.000.000 EUR~400 EUR

    Incluso para una herencia de 2 millones de euros entre padre e hijo, el impuesto en Canarias ronda los 400€.

    Vivienda habitual en Canarias

    La reducción por vivienda habitual es también del 99,9% sin límite de importe, lo que protege completamente la transmisión del hogar familiar independientemente de su valor. Esto es especialmente relevante en zonas turísticas de las islas donde el valor inmobiliario puede ser elevado.

    ¿Cuándo sí se paga de verdad en Canarias?

    El impuesto tiene coste real únicamente para:

  • Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos): reducción de 7.993 EUR, sin bonificación. Una herencia de 100.000€ entre hermanos puede suponer ~14.000 EUR de impuesto.
  • Grupo IV (parientes lejanos y extraños): sin reducción por parentesco, sin bonificación.
  • Comparativa: Canarias frente a otras comunidades

    ComunidadBonificaciónResultado para Grupo I/II
    **Canarias****99,9%****Cuota simbólica**
    Cantabria / CLM100%0 EUR exactos
    Madrid / Andalucía / La Rioja / Murcia99%Cuota mínima
    Asturias / Cataluña0%Tributación real

    Requisito de residencia

    El fallecido debe haber tenido su residencia habitual en Canarias durante los 5 años anteriores al fallecimiento. Tener una segunda residencia en las islas no es suficiente.

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