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Impuesto de sucesiones para no residentes en España 2025

¿Los no residentes pagan impuesto de sucesiones en España?

Sí. Si heredas bienes situados en España o el fallecido era residente en España, debes pagar el impuesto de sucesiones español, independientemente de tu nacionalidad o residencia.

¿Cuándo se paga en España?

Un no residente debe tributar en España cuando:

  • El fallecido era residente en España: Todos los bienes tributan en España, estén donde estén
  • Bienes situados en España: Aunque el fallecido viviera fuera, los inmuebles, cuentas bancarias y bienes en España tributan aquí
  • El heredero es residente en España: Hereda bienes de un no residente situados fuera de España
  • Normativa aplicable desde 2015

    Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 2014, los no residentes de la UE/EEE pueden aplicar la normativa de la comunidad autónoma correspondiente, no solo la estatal. Esto es muy importante porque las bonificaciones autonómicas son mucho más favorables.

    Para residentes UE/EEE

  • Pueden elegir la normativa de la comunidad autónoma donde estén los bienes de mayor valor
  • O la de la comunidad donde residía el fallecido
  • Para residentes fuera de la UE/EEE

  • En principio, se aplica la normativa estatal (sin bonificaciones autonómicas)
  • Algunas sentencias recientes han extendido el derecho a aplicar normativa autonómica
  • Diferencia entre normativa estatal y autonómica

    AspectoNormativa estatalMadrid (ejemplo)
    Reducción Grupo II15.957 EUR16.000 EUR
    Bonificación cuota0%99%
    Resultado sobre 200.000 EUR~28.000 EUR~280 EUR

    La diferencia es brutal: sin normativa autonómica pagas 100 veces más.

    Convenios de doble imposición

    España tiene convenios para evitar la doble imposición en sucesiones con:

  • Francia
  • Grecia
  • Suecia
  • Con el resto de países no hay convenio específico de sucesiones, aunque el impuesto pagado en el extranjero puede deducirse como deducción por doble imposición internacional.

    Cómo declarar como no residente

  • Modelo 650: Se presenta ante la Agencia Tributaria estatal (Delegación de Madrid para no residentes)
  • Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
  • Representante fiscal: Necesitarás uno si no tienes NIF español
  • NIE: Los herederos no residentes necesitan obtener un NIE (Número de Identidad de Extranjero)
  • Bienes más habituales

    Los casos más frecuentes de no residentes heredando en España son:

  • Viviendas en la costa: Jubilados europeos con propiedades en Alicante, Málaga, Baleares, Canarias
  • Cuentas bancarias españolas: Saldos en bancos españoles
  • Participaciones en empresas españolas
  • Consejos para no residentes

  • Reclama la normativa autonómica: Si eres de la UE/EEE, tienes derecho a las bonificaciones
  • Actúa rápido: El plazo de 6 meses corre igual
  • Busca un asesor español: La normativa es compleja y los errores salen caros
  • Conserva documentación del país de origen: Certificados de defunción, testamento, etc. (apostillados)
  • Calcula tu impuesto

    Nuestra calculadora aplica la normativa de cada comunidad autónoma. Si eres no residente UE/EEE, selecciona la comunidad donde se encuentran los bienes principales.

    ¿Necesitas ayuda con tu herencia?

    Te ponemos en contacto con un profesional especializado en sucesiones. Sin compromiso.

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