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Plazos para pagar el impuesto de sucesiones: guía completa 2025

Plazo general: 6 meses

El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones es de 6 meses contados desde la fecha de fallecimiento del causante. Este plazo se aplica en todo el territorio español.

Prórroga de 6 meses adicionales

Puedes solicitar una prórroga de otros 6 meses, pero con condiciones:

  • Debes pedirla dentro de los 5 primeros meses desde el fallecimiento
  • La prórroga se entiende concedida automáticamente si la Administración no contesta en un mes
  • Genera intereses de demora desde el final del plazo original (mes 6) hasta el pago
  • Fraccionamiento del pago

    Si no puedes pagar de golpe, puedes solicitar un fraccionamiento:

  • Hasta 5 anualidades si no hay suficiente efectivo en la herencia
  • Se requieren garantías (hipoteca, aval bancario) para importes superiores a 30.000 EUR
  • También genera intereses de demora
  • ¿Qué pasa si no pagas a tiempo?

    Las consecuencias de pagar fuera de plazo son:

    Presentación voluntaria fuera de plazo (sin requerimiento)

  • Hasta 3 meses de retraso: Recargo del 5% (sin intereses)
  • 3 a 6 meses: Recargo del 10%
  • 6 a 12 meses: Recargo del 15%
  • Más de 12 meses: Recargo del 20% + intereses de demora
  • Si Hacienda te requiere

  • Sanción: Entre el 50% y el 150% de la cuota no ingresada
  • Intereses de demora desde el fin del plazo
  • Prescripción

    El impuesto prescribe a los 4 años y 6 meses desde el fallecimiento (4 años desde el fin del plazo de presentación). Tras ese periodo, Hacienda no puede exigir el pago.

    Atención: La prescripción se interrumpe si hay cualquier actuación administrativa o si presentas documentación.

    Calendario resumido

    HitoPlazo
    FallecimientoDía 0
    Solicitar prórrogaAntes del mes 5
    Pagar sin recargoHasta el mes 6
    Pagar con prórrogaHasta el mes 12 (con intereses)
    Prescripción4 años y 6 meses

    Documentación previa

    Antes de poder liquidar el impuesto necesitas reunir documentación que puede llevar semanas:

  • Certificado de defunción (inmediato)
  • Certificado de últimas voluntades (a partir de 15 días)
  • Copia del testamento
  • Valoración de bienes
  • Escritura de aceptación ante notario
  • Consejo: Empieza a reunir documentación cuanto antes para no apurar los plazos.

    Calcula cuánto vas a pagar

    Antes de nada, calcula el importe con nuestra calculadora gratuita para saber a qué te enfrentas y poder planificar el pago.

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