Impuesto de Sucesiones en Cataluna

Tarifa y reducciones propias. Sin bonificacion general en cuota. Tributacion real significativa.

Bonificación Grupo I y II

Sin bonif.

Reducción hijos/cónyuge

100.000 EUR

Reducción vivienda habitual

95%

Información importante

  • Tarifa propia segun Llei 19/2010
  • Reducciones de 100.000 EUR para descendientes y conyuges
  • Sin bonificacion en cuota - tributa al tipo completo
  • Una de las CCAA donde mas se paga de herencia

Calculadora de herencias en Cataluna

Comunidad autónoma y parentesco

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Calculadora de herencias en Cataluna: cómo funciona

Nuestra calculadora de herencias en Cataluna aplica automáticamente la normativa fiscal autonómica vigente en 2025: reducciones por parentesco, tarifa del impuesto, coeficiente multiplicador según patrimonio preexistente y bonificaciones propias de Cataluna. El resultado es una estimación orientativa del impuesto de sucesiones que pagarías como heredero en esta comunidad autónoma.

Impuesto de sucesiones en Cataluna: lo que necesitas saber

El impuesto de sucesiones en Cataluna está cedido a la comunidad autónoma, que tiene competencia para regular las reducciones en base imponible, la tarifa aplicable, los coeficientes multiplicadores y las bonificaciones en cuota. Tarifa y reducciones propias. Sin bonificacion general en cuota. Tributacion real significativa.

  • Tarifa propia segun Llei 19/2010
  • Reducciones de 100.000 EUR para descendientes y conyuges
  • Sin bonificacion en cuota - tributa al tipo completo
  • Una de las CCAA donde mas se paga de herencia

Grupos de parentesco y reducciones en Cataluna

El impuesto de herencias en Cataluna varía en función del parentesco entre el fallecido y el heredero. La normativa distingue cuatro grupos:

  • Grupo I (descendientes menores de 21 años): reducción de 100.000 EUR, con incremento por cada año menor de 21.
  • Grupo II (hijos mayores de 21 años, cónyuge, padres y abuelos): reducción de 100.000 EUR.
  • Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos y parientes por afinidad): reducción de 7993,46 EUR.
  • Grupo IV (parientes más lejanos y personas sin parentesco): sin reducción por parentesco.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de herencia en Cataluna?

Depende del valor de la herencia, el parentesco y el patrimonio preexistente del heredero. Usa nuestra calculadora de herencias para obtener una estimación personalizada en menos de 2 minutos.

¿Cuándo hay que pagar el impuesto de sucesiones?

El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento. Se puede solicitar una prórroga de otros 6 meses dentro de los primeros 5 meses.

¿Es fiable esta calculadora de herencias?

La calculadora aplica la normativa autonómica vigente en 2025 y ofrece una estimación orientativa. Para un cálculo con efectos legales, consulta con un asesor fiscal o abogado especializado en herencias en Cataluna.

Cataluna: particularidades fiscales en la herencia

Cataluña es, junto con Asturias, la comunidad autónoma donde más se paga de impuesto de sucesiones en España para patrimonios medios y altos. Aplica su propia tarifa fiscal (Llei 19/2010) que puede alcanzar el 32% en bases superiores a 800.000€, y no ofrece ninguna bonificación general en cuota para hijos o cónyuge. La reducción de 100.000€ para el Grupo II es modesta en comparación con los 500.000€ de Aragón o el millón de Andalucía.

Ejemplo: herencia de 300.000€ para un hijo adulto

Herencia de 300.000€ para un hijo mayor de 21 años. Reducción propia: 100.000€. Base liquidable: 200.000€. Aplicando tarifa propia de Cataluña: primer tramo hasta 150.000€ al 11% (~14.000€) + resto al 17% (~8.500€) = cuota íntegra ~22.500€. Sin bonificación alguna.

Cuota final aproximada: 22.500€ (tipo efectivo: 7,5%). En una herencia de 500.000€ la cuota superaría los 55.000€.

Marco legal aplicable

La normativa autonómica catalana está recogida en la Llei 19/2010, de 7 de junio. Una particularidad importante: Cataluña reconoce a las parejas de hecho inscritas en el Registre de Parelles Estables al mismo nivel que los cónyuges, algo que no todas las comunidades hacen. La reducción por vivienda habitual tiene un límite de 500.000€ (frente a los 122.606€ básicos estatales), lo que protege parcialmente la transmisión de inmuebles de alto valor, frecuentes en el mercado catalán.