Impuesto de sucesiones en Madrid 2025: bonificación del 99%
Madrid: una de las comunidades donde menos se paga
La Comunidad de Madrid aplica una bonificación del 99% en la cuota del impuesto de sucesiones para los Grupos I y II (descendientes, ascendientes y cónyuges). Esto significa que, en la práctica, heredar de padres, hijos o cónyuge en Madrid es casi gratuito.
¿Quién se beneficia de la bonificación del 99%?
Reducciones en Madrid
Además de la bonificación, Madrid aplica estas reducciones:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Grupo I (hijos <21 años) | 16.000 EUR + 4.000 EUR/año menor de 21 |
| Grupo II (hijos, cónyuge, padres) | 16.000 EUR |
| Grupo III (hermanos, etc.) | 8.000 EUR |
| Vivienda habitual | 95% (límite 123.000 EUR, mantener 5 años) |
| Discapacidad 33-65% | 55.000 EUR |
| Discapacidad >65% | 153.000 EUR |
| Empresa familiar | 95% del valor |
Ejemplo práctico
Un hijo de 40 años hereda 300.000 EUR de su padre en Madrid:
Por una herencia de 300.000 EUR, solo pagas 480 EUR. Eso es un tipo efectivo del 0,16%.
Requisitos importantes
¿Y si heredo de un hermano en Madrid?
Aquí la situación cambia radicalmente. Los hermanos (Grupo III) no tienen bonificación en Madrid. Pagarían el impuesto completo con el coeficiente multiplicador de 1,5882.
Para una herencia de 150.000 EUR de un hermano, el impuesto podría superar los 30.000 EUR.
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