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Heredar la vivienda habitual: reducciones y requisitos en 2026

La reduccion mas importante en el impuesto de sucesiones: la vivienda habitual

Cuando una persona fallece, la vivienda en la que residia habitualmente recibe un tratamiento fiscal privilegiado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. El articulo 20.2.c) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establece una reduccion del 95% del valor de la vivienda habitual del causante, con un limite de 122.606,47 EUR por cada sujeto pasivo (heredero).

Esta reduccion es, en muchos casos, la mas relevante economicamente de toda la liquidacion del impuesto, especialmente en herencias donde el inmueble representa el grueso del patrimonio familiar. Ademas, la mayoria de comunidades autonomas han ejercido sus competencias normativas para mejorar esta reduccion, elevando porcentajes, ampliando limites o reduciendo los periodos de mantenimiento obligatorio.

Requisitos para aplicar la reduccion por vivienda habitual

Quien puede aplicarla

Segun la normativa estatal y las distintas regulaciones autonomicas, pueden beneficiarse de esta reduccion:

  • Conyuge o pareja de hecho (en las comunidades que equiparan ambas figuras)
  • Descendientes (hijos, nietos) del fallecido
  • Ascendientes (padres, abuelos) del fallecido
  • Colaterales mayores de 65 anos que hubieran convivido con el fallecido durante los dos anos anteriores al fallecimiento (por ejemplo, un hermano mayor que vivia en el mismo domicilio)
  • Que se considera vivienda habitual

    La vivienda habitual es aquella en la que el causante residia de forma efectiva y permanente. Para acreditarlo, la Administracion suele verificar:

  • El empadronamiento en el domicilio
  • Los consumos de suministros (electricidad, agua, gas)
  • La declaracion del IRPF donde conste ese domicilio como residencia habitual
  • Cualquier otro medio de prueba que demuestre la residencia efectiva
  • No basta con ser propietario del inmueble: debe demostrarse que el fallecido vivia alli de manera continuada.

    Condicion de mantenimiento

    El heredero que aplique la reduccion debe mantener la vivienda en su patrimonio durante un periodo minimo. Si incumple este requisito, debera devolver la diferencia del impuesto junto con los intereses de demora correspondientes.

  • Normativa estatal (art. 20.2.c Ley 29/1987): 10 anos
  • La mayoria de comunidades autonomas han reducido este plazo a 5 anos o incluso 3 anos
  • El valor de referencia catastral: como se valora la vivienda

    Desde enero de 2022, la valoracion de los inmuebles a efectos del Impuesto de Sucesiones se realiza mediante el valor de referencia catastral, un valor que publica anualmente la Direccion General del Catastro y que pretende aproximarse al valor de mercado.

    Este valor de referencia no es lo mismo que el valor catastral tradicional (que suele ser significativamente inferior al de mercado). El valor de referencia catastral se calcula a partir de los precios de transacciones inmobiliarias reales comunicadas por los notarios.

    Puntos clave sobre el valor de referencia:

  • Opera como valor minimo de tributacion: si el valor declarado por el heredero es superior, se tributa por el declarado; si es inferior, Hacienda puede tomar el de referencia como base
  • Se puede consultar en la sede electronica del Catastro (www.sedecatastro.gob.es) introduciendo la referencia catastral del inmueble
  • Es impugnable: si consideras que el valor de referencia supera el valor real de mercado, puedes recurrir mediante una tasacion pericial contradictoria o una reclamacion economico-administrativa
  • Si el Catastro no ha asignado valor de referencia a un inmueble concreto, se utiliza el valor de mercado declarado o el valor comprobado por la Administracion
  • Para la reduccion por vivienda habitual, el porcentaje de reduccion se aplica sobre el valor por el que tribute la vivienda (normalmente, el valor de referencia catastral o, si es superior, el valor declarado).

    Tabla completa de reducciones por comunidad autonoma

    Cada comunidad autonoma puede modificar el porcentaje de reduccion, el limite maximo y el periodo de mantenimiento. A continuacion se recoge la comparativa completa actualizada:

    Comunidad AutonomaPorcentaje de reduccionLimite por herederoPeriodo de mantenimiento
    **Normativa estatal**95%122.606,47 EUR10 anos
    **Andalucia**100%180.000 EUR3 anos
    **Aragon**99%Sin limite5 anos
    **Asturias**99%122.606,47 EUR10 anos
    **Baleares**100%180.000 EUR5 anos
    **Canarias**99%Sin limite5 anos
    **Cantabria**95%125.000 EUR5 anos
    **Castilla-La Mancha**95%122.606,47 EUR5 anos
    **Castilla y Leon**99%122.606,47 EUR10 anos
    **Cataluna**95%500.000 EUR5 anos
    **Extremadura**95%122.606,47 EUR5 anos
    **Galicia**99%600.000 EUR5 anos
    **La Rioja**95%122.606,47 EUR5 anos
    **Madrid**95%123.000 EUR5 anos
    **Murcia**99%122.606,47 EUR5 anos
    **Navarra**100%Sin limite5 anos
    **Pais Vasco**95%400.000 EUR5 anos
    **Comunidad Valenciana**95%150.000 EUR5 anos
    **Ceuta y Melilla**95%122.606,47 EUR10 anos

    Como se puede observar, las diferencias son muy significativas. Comunidades como Galicia, Aragon, Canarias o Navarra ofrecen condiciones extraordinariamente favorables, mientras que otras se limitan a reproducir la normativa estatal con pequenas mejoras en el periodo de mantenimiento.

    Ejemplo 1: heredar una vivienda de 400.000 EUR en Madrid

    Supongamos que Maria, de 42 anos, hereda la vivienda habitual de su madre en Madrid. La vivienda tiene un valor de referencia catastral de 400.000 EUR. Maria es la unica heredera y pertenece al Grupo II de parentesco.

    Calculo de la reduccion por vivienda habitual en Madrid:

  • Valor de la vivienda: 400.000 EUR
  • Reduccion aplicable: 95% del valor = 380.000 EUR
  • Pero el limite en Madrid es de 123.000 EUR por heredero
  • Por tanto, la reduccion efectiva queda limitada a 123.000 EUR
  • Valor computable de la vivienda tras la reduccion: 400.000 - 123.000 = 277.000 EUR
  • Liquidacion del impuesto (solo por la vivienda, sin otros bienes):

  • Base imponible: 277.000 EUR + ajuar domestico (3% de 400.000 = 12.000 EUR) = 289.000 EUR
  • Reduccion personal Grupo II: -15.956,87 EUR
  • Base liquidable: 273.043,13 EUR
  • Cuota integra (tarifa estatal progresiva): aproximadamente 46.500 EUR
  • Coeficiente multiplicador Grupo II, patrimonio preexistente hasta 402.678 EUR: x 1,0000
  • Cuota tributaria: 46.500 EUR
  • Bonificacion de la Comunidad de Madrid (99%): -46.035 EUR
  • Cuota a pagar: aproximadamente 465 EUR
  • En Madrid, gracias a la bonificacion del 99% en cuota, el resultado final es minimo para los herederos del Grupo II. Sin embargo, es importante entender que el limite de 123.000 EUR en la reduccion por vivienda habitual deja 277.000 EUR sin reducir, lo que seria muy relevante para herederos de los Grupos III o IV que no disfrutan de la bonificacion del 99%.

    Ejemplo 2: heredar una vivienda de 400.000 EUR en Galicia

    Ahora supongamos el mismo caso pero en Galicia. Carlos, de 38 anos, hereda la vivienda habitual de su padre en Vigo. La vivienda tiene un valor de referencia catastral de 400.000 EUR. Carlos es el unico heredero (Grupo II).

    Calculo de la reduccion por vivienda habitual en Galicia:

  • Valor de la vivienda: 400.000 EUR
  • Reduccion aplicable: 99% del valor = 396.000 EUR
  • El limite en Galicia es de 600.000 EUR por heredero
  • Como 396.000 EUR es inferior al limite, se aplica la totalidad: 396.000 EUR
  • Valor computable de la vivienda tras la reduccion: 400.000 - 396.000 = 4.000 EUR
  • Liquidacion del impuesto (solo por la vivienda, sin otros bienes):

  • Base imponible: 4.000 EUR + ajuar domestico (3% de 400.000 = 12.000 EUR) = 16.000 EUR
  • Reduccion personal Grupo II: -15.956,87 EUR
  • Base liquidable: 43,13 EUR
  • Cuota integra (tarifa): practicamente 0 EUR
  • Cuota a pagar: 0 EUR
  • La diferencia es notable: en Galicia, con un porcentaje del 99% y un limite de 600.000 EUR, la reduccion absorbe practicamente todo el valor de la vivienda. Incluso sin la bonificacion en cuota que tiene Madrid, el resultado es cero euros porque la base liquidable es insignificante.

    Este ejemplo ilustra como una reduccion en base generosa (Galicia) puede ser mas beneficiosa que una bonificacion en cuota alta (Madrid) cuando los limites de la reduccion por vivienda son bajos.

    Que ocurre si vendes la vivienda antes del periodo de mantenimiento

    La venta de la vivienda habitual heredada antes de que se cumpla el periodo de mantenimiento obligatorio tiene consecuencias fiscales directas: pierdes la reduccion aplicada y debes regularizar tu situacion con Hacienda.

    En concreto:

  • La Administracion tributaria te reclamara la diferencia entre lo que pagaste con la reduccion y lo que habrias pagado sin ella
  • Se anadiran intereses de demora desde la fecha en que debiste pagar el impuesto correcto
  • Si la Administracion detecta el incumplimiento mediante una comprobacion (en lugar de ser tu quien regulariza), puede haber sancion tributaria
  • Excepciones y matices importantes

  • Venta a un coheredero: En muchas comunidades, vender tu participacion a otro coheredero de la misma herencia no se considera incumplimiento, ya que la vivienda sigue en el ambito familiar. No obstante, conviene confirmar este criterio en tu comunidad concreta.
  • Reinversion en vivienda habitual: Algunas comunidades admiten que si el importe obtenido se reinvierte en la adquisicion de una nueva vivienda habitual del heredero, no se pierde la reduccion. Este criterio no es universal y debe consultarse en cada caso.
  • Venta forzosa: Si la venta se produce por circunstancias ajenas a la voluntad del heredero (por ejemplo, una expropiacion forzosa o una ejecucion hipotecaria), caben argumentos para defender el mantenimiento de la reduccion, aunque la jurisprudencia no es unanime.
  • Transmision mortis causa: Si el heredero fallece antes de que finalice el periodo de mantenimiento, sus propios herederos no pierden la reduccion.
  • La recomendacion general es no vender antes del plazo. Si es absolutamente necesario, consulta previamente con un asesor fiscal para evaluar el coste real y las posibles alternativas.

    Proindiviso: cuando varios herederos comparten la vivienda

    Cuando la vivienda habitual es heredada por varios coherederos (situacion muy habitual cuando hay varios hermanos), se crea una situacion de proindiviso o copropiedad. Cada heredero adquiere un porcentaje de la vivienda, pero ninguno es propietario exclusivo.

    Implicaciones fiscales del proindiviso

  • Cada heredero aplica la reduccion por vivienda habitual sobre su porcentaje del valor de la vivienda
  • El limite de la reduccion se aplica individualmente a cada heredero, lo que puede resultar mas favorable que si un solo heredero recibiese el total
  • El periodo de mantenimiento corre para cada uno de ellos de forma independiente
  • Ejemplo: tres hermanos heredan una vivienda de 450.000 EUR en Madrid

    Cada hermano recibe un tercio (150.000 EUR). La reduccion del 95% sobre 150.000 EUR = 142.500 EUR, pero el limite en Madrid es 123.000 EUR, asi que cada uno reduce 123.000 EUR. Valor computable para cada uno: 27.000 EUR.

    Si un solo hijo heredase los 450.000 EUR, la reduccion del 95% seria 427.500 EUR pero el limite sigue siendo 123.000 EUR. Valor computable: 327.000 EUR.

    Tres herederos con 123.000 EUR de reduccion cada uno = 369.000 EUR de reduccion total, frente a 123.000 EUR con un solo heredero. El proindiviso, en este caso, triplica la reduccion disponible.

    Problemas practicos del proindiviso

  • Toma de decisiones: Cualquier actuacion sobre la vivienda (venta, alquiler, reformas) requiere el acuerdo de todos los copropietarios
  • Division de la cosa comun: Cualquier copropietario puede solicitar judicialmente la division o la venta de la vivienda si no hay acuerdo (art. 400 del Codigo Civil)
  • Mantenimiento: Si uno de los copropietarios quiere vender antes del plazo de mantenimiento, debe ser consciente de que perdera su reduccion individual
  • La solucion mas habitual para salir del proindiviso es que uno de los hermanos compre la parte de los demas (extincion de condominio), operacion que tributa por Actos Juridicos Documentados (entre el 0,5% y el 1,5% segun la comunidad) y no por Transmisiones Patrimoniales, lo que resulta significativamente mas economico que una compraventa ordinaria.

    Referencia legal: articulos aplicables

    La regulacion de la reduccion por vivienda habitual en el impuesto de sucesiones se encuentra en:

  • Art. 20.2.c) de la Ley 29/1987: Establece la reduccion estatal del 95% con limite de 122.606,47 EUR y periodo de mantenimiento de 10 anos
  • Art. 38 del Reglamento del ISD (Real Decreto 1629/1991): Desarrolla los requisitos de la reduccion, incluyendo la acreditacion de la condicion de vivienda habitual
  • Art. 48 de la Ley 21/2001 y sucesivas leyes de cesion de tributos: Fundamenta la competencia de las comunidades autonomas para mejorar la reduccion estatal
  • Normativa autonomica especifica: Cada comunidad recoge sus reducciones mejoradas en su propia ley de tributos cedidos
  • Errores frecuentes al aplicar la reduccion

  • No acreditar la condicion de vivienda habitual: No basta con que el inmueble figure en la escritura; necesitas empadronamiento, consumos y, preferiblemente, que conste como domicilio fiscal en el IRPF del fallecido
  • Confundir valor catastral con valor de referencia catastral: El valor catastral tradicional es inferior al de mercado; el valor de referencia catastral (vigente desde 2022) se aproxima al valor de mercado y es el que se utiliza como minimo para tributar
  • Vender antes del plazo de mantenimiento sin calcular el coste: La perdida de la reduccion puede suponer tener que pagar decenas de miles de euros de diferencia, mas intereses
  • No incluir la vivienda en la autoliquidacion: Aunque apliques la reduccion, debes declarar el bien en el modelo 650 con su valor completo y aplicar la reduccion como tal
  • Olvidar que el limite es por heredero: Si hay varios herederos, cada uno tiene su propio limite, lo que puede maximizar la reduccion total
  • Preguntas frecuentes (FAQ)

    Si la vivienda estaba a nombre de ambos conyuges, como se aplica la reduccion?

    Solo la mitad de la vivienda forma parte de la herencia (la correspondiente al conyuge fallecido). La otra mitad ya pertenece al conyuge superviviente por gananciales o copropiedad. La reduccion por vivienda habitual se aplica unicamente sobre la mitad que se hereda. Por ejemplo, si la vivienda vale 300.000 EUR, la base sobre la que se calcula la reduccion es 150.000 EUR.

    Puedo aplicar la reduccion si el fallecido estaba en una residencia de mayores?

    Depende de las circunstancias. Si el traslado a la residencia fue por motivos de salud o dependencia, varias comunidades autonomas y la doctrina administrativa aceptan que la vivienda no pierde su condicion de habitual. La clave es demostrar que el fallecido no abandono voluntariamente el domicilio, sino que las circunstancias de salud lo obligaron a trasladarse. Es recomendable conservar informes medicos y documentacion que acredite esta situacion.

    Que pasa si heredo la nuda propiedad pero no el usufructo?

    Es una situacion muy comun cuando el conyuge superviviente recibe el usufructo vitalicio y los hijos la nuda propiedad. En este caso, la reduccion por vivienda habitual se aplica al valor de la nuda propiedad (no al valor total del inmueble). El valor de la nuda propiedad se calcula restando el valor del usufructo, que a su vez depende de la edad del usufructuario segun las reglas del art. 26 de la Ley del ISD.

    La reduccion por vivienda habitual es compatible con la bonificacion autonomica en cuota?

    Si, son conceptos distintos y acumulativos. La reduccion por vivienda habitual se aplica en la base imponible (reduce el valor sobre el que se calcula el impuesto), mientras que la bonificacion autonomica se aplica sobre la cuota tributaria (reduce el importe final a pagar). Por ejemplo, en Madrid se aplica primero la reduccion del 95% con limite de 123.000 EUR y despues la bonificacion del 99% sobre la cuota resultante.

    Puedo aplicar la reduccion si la vivienda tiene una hipoteca pendiente?

    Si. La reduccion se aplica sobre el valor bruto de la vivienda. La hipoteca pendiente se deduce como carga de la herencia en otro apartado de la liquidacion (reduce la masa hereditaria global). Son conceptos independientes: la vivienda se valora a su precio completo para la reduccion, y la deuda hipotecaria se resta del conjunto de bienes heredados.

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